Designación de Atención Materna Nivel II
Una visión para servicios de maternidad saludables en Columbus
El Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas reconoció al Columbus Community Hospital como un Centro de Atención Materna Nivel II
El reconocimiento se produce tras una intensa revisión de las operaciones en el hospital por parte de funcionarios estatales, quienes examinaron la preparación de las instalaciones, la capacitación del personal y otros requisitos. El reconocimiento afirma la capacidad del hospital para brindar atención a pacientes embarazadas y posparto con afecciones médicas, quirúrgicas y/u obstétricas que presenten un riesgo bajo a moderado de morbilidad o mortalidad materna. La designación se extiende hasta el 1 de enero de 2028.
En 2018, los funcionarios de Texas desarrollaron y finalizaron los estándares de designación para abordar la muerte de mujeres dentro del primer año de dar a luz.
Más sobre los Centros de Atención Materna Nivel II:
Según el Departamento de Servicios de Salud del Estado de Texas, el centro designado para atención materna de Nivel II:
(1) brindará atención a pacientes embarazadas y posparto con afecciones médicas, quirúrgicas y/u obstétricas que presenten un riesgo bajo a moderado de morbilidad o mortalidad materna; y
(2) contará con personal calificado con capacitación documentada, competencias y educación continua anual específica para la población de pacientes atendida.
(b) Director Médico Materno (DMM). El DMM será un médico que:
(1) sea un médico de medicina familiar, un médico de obstetricia y ginecología; o un médico de medicina materno-fetal, todos con capacitación y experiencia en obstetricia, y con privilegios en atención materna;
(2) demuestre habilidades administrativas y supervisión del programa de Evaluación de Calidad y Mejora del Rendimiento (QAPI); y
(3) haya completado educación continua anual específica para la atención materna, incluidas las condiciones complicadas.
(c) Función y Servicios del Programa.
(1) Triaje y evaluación de todos los pacientes admitidos en el servicio perinatal.
(A) Las pacientes embarazadas identificadas con alto riesgo de dar a luz un neonato que requiera un nivel de atención neonatal superior al alcance de su centro neonatal serán transferidas a un centro designado de nivel neonatal superior antes del parto, a menos que la transferencia sea insegura.
(B) Las pacientes embarazadas o posparto identificadas con condiciones y/o complicaciones que requieran un nivel superior de atención materna serán transferidas a un centro designado de nivel materno superior, a menos que la transferencia sea insegura.
(2) Brindar atención a pacientes embarazadas con la capacidad de detectar, estabilizar e iniciar el manejo de problemas materno-fetales o maternos imprevistos que ocurran durante el período anteparto, intraparto o posparto hasta que la paciente pueda ser transferida a un nivel superior de atención neonatal y/o materna.
(3) Un médico de obstetricia y ginecología con capacitación y experiencia en obstetricia, y con privilegios maternos, estará disponible en todo momento y llegará a la cabecera del paciente dentro de los 30 minutos de una solicitud urgente.
(4) Un médico de medicina materno-fetal certificado por la junta estará disponible en todo momento para consulta.
(5) Los médicos médicos y quirúrgicos estarán disponibles en todo momento y llegarán a la cabecera del paciente dentro de los 30 minutos de una solicitud urgente.
(6) Especialistas, incluida la salud conductual, estarán disponibles en todo momento para consulta apropiada a la población de pacientes atendida.
(7) Asegurar que un médico calificado o una enfermera partera certificada con el respaldo médico apropiado esté disponible para atender todos los partos u otras emergencias obstétricas.
(8) El proveedor principal que atiende a una paciente embarazada o posparto que es un médico de medicina familiar con capacitación y experiencia en obstetricia, un médico de obstetricia y ginecología, un médico de medicina materno-fetal, o una enfermera partera certificada, un asistente médico o una enfermera practicante con el respaldo médico apropiado, cuyas credenciales han sido revisadas por el DMM y está de guardia:
(A) llegará a la cabecera del paciente dentro de los 30 minutos de una solicitud urgente;
(B) completará educación continua anual, específica para el cuidado de pacientes embarazadas y posparto, incluidas las condiciones complicadas.
(9) Las enfermeras parteras certificadas, los asistentes médicos y las enfermeras practicantes que brindan atención a pacientes maternas:
(A) operarán bajo pautas revisadas y aprobadas por el DMM; y
(B) tendrán un acuerdo formal con un médico con capacitación y/o experiencia en obstetricia, y con privilegios maternos que:
(i) brindará respaldo y consulta;
(ii) llegará a la cabecera del paciente dentro de los 30 minutos de una solicitud urgente; y
(iii) cumplirá con los requisitos para el personal médico según lo descrito en §133.205 de este título (relacionado con los Requisitos del Programa) respectivamente.
(10) Un horario de guardia de proveedores, proveedores de respaldo y provisión para pacientes sin médico estará fácilmente disponible para el personal del centro y materno y se publicará en la unidad de trabajo de parto y parto.
(11) Asegurar que el médico que brinda cobertura de respaldo llegará a la cabecera del paciente dentro de los 30 minutos de una solicitud urgente.
(12) Los servicios apropiados de anestesia, laboratorio, farmacia, radiología, terapia respiratoria, ultrasonografía y banco de sangre estarán disponibles las 24 horas del día según lo descrito en §133.41 de este título (relacionado con las Funciones y Servicios Hospitalarios) respectivamente.
(A) El personal de anestesia con capacitación y experiencia en anestesia obstétrica estará disponible en todo momento y llegará a la cabecera del paciente dentro de los 30 minutos de una solicitud urgente.
(B) Un anestesiólogo con capacitación y/o experiencia en anestesia obstétrica estará disponible en todo momento para consulta.
(C) Los servicios de laboratorio y banco de sangre serán capaces de:
(i) proporcionar sangre ABO-Rh específica o O-Rh negativa, plasma fresco congelado y/o crioprecipitado, y componentes plaquetarios en el lugar en todo momento;
(ii) implementar un protocolo de transfusión masiva;
(iii) asegurar pautas para la liberación de emergencia de componentes sanguíneos; y
(iv) manejar la terapia con múltiples componentes sanguíneos
(D) Imágenes Médicas.
(i) Si se realiza una lectura preliminar de los estudios de imágenes pendientes de interpretación formal, los hallazgos preliminares deben documentarse en el expediente médico.
(ii) Habrá un monitoreo regular de la lectura preliminar versus la final en el Programa QAPI.
(iii) Imágenes e interpretación de Tomografía Computarizada (TC) disponibles en todo momento.
(iv) Imágenes ultrasonográficas básicas para la evaluación materna o fetal, incluida la interpretación, estarán disponibles en todo momento.
(v) Una máquina de ultrasonido portátil disponible de inmediato en todo momento en la unidad de trabajo de parto y parto y anteparto.
(E) Un farmacéutico estará disponible para consulta en todo momento.
(13) Servicios Obstétricos.
(A) La capacidad de iniciar una cesárea de emergencia y asegurar la disponibilidad de un médico con la capacitación, habilidades y privilegios para realizar la cirugía dentro de un período de tiempo consistente con los estándares actuales de práctica profesional y atención materna.
(B) Asegurar la disponibilidad e interpretación de pruebas sin estrés y monitoreo fetal electrónico.
(C) Una prueba de trabajo de parto para pacientes con cesárea previa tendrá la capacidad de anestesia, cesárea y reanimación materna en el lugar durante la prueba de trabajo de parto.
(14) Reanimación. El centro tendrá políticas y procedimientos escritos específicos del centro para la estabilización y reanimación de la paciente embarazada o posparto basados en los estándares actuales de práctica profesional. El centro:
(A) asegura que los miembros del personal, no responsables de la reanimación neonatal, estén inmediatamente disponibles en el lugar en todo momento y demuestren el estado actual de finalización exitosa de ACLS y las habilidades para realizar una reanimación completa; y
(B) asegura que el equipo de reanimación, para pacientes embarazadas y posparto, esté fácilmente disponible en las áreas de trabajo de parto y parto, anteparto y posparto. El equipo de manejo de vía aérea difícil estará disponible de inmediato en todo momento en estas áreas.
(15) El centro tendrá pautas o protocolos escritos para diversas condiciones que ponen a la paciente embarazada o posparto en riesgo de morbilidad y/o mortalidad, incluyendo la promoción de la prevención, identificación temprana, diagnóstico temprano, terapia, estabilización y transferencia. Las pautas o protocolos deben abordar un mínimo de:
(A) hemorragia masiva y transfusión de la paciente embarazada o posparto en coordinación con el banco de sangre, incluyendo el manejo de hemorragias y/o coagulopatías imprevistas;
(B) hemorragia obstétrica, incluyendo la promoción de la identificación de pacientes en riesgo, diagnóstico temprano y terapia para reducir la morbilidad y mortalidad;
(C) trastornos hipertensivos en el embarazo, incluyendo eclampsia y la paciente posparto para promover el diagnóstico y tratamiento tempranos para reducir la morbilidad y mortalidad;
(D) sepsis y/o infección sistémica en la paciente embarazada o posparto;
(E) tromboembolismo venoso en la paciente embarazada y posparto, incluyendo la evaluación de factores de riesgo, prevención, diagnóstico temprano y tratamiento;
(F) distocia de hombros, incluyendo la evaluación de factores de riesgo, asesoramiento a la paciente y manejo multidisciplinario; y
(G) trastornos de salud conductual, incluyendo depresión, abuso de sustancias y adicción que incluye detección, educación, consulta con personal apropiado y derivación.
(16) El centro tendrá liderazgo de enfermería y personal con capacitación y experiencia en la provisión de atención de enfermería materna que coordinará con los respectivos servicios neonatales.
(17) Educación Perinatal. Una enfermera registrada con experiencia en atención materna, incluyendo pacientes obstétricas moderadamente complejas y enfermas, brindará la supervisión y coordinación de la educación del personal. La educación perinatal para eventos de alto riesgo se brindará a intervalos frecuentes para preparar al personal médico, de enfermería y auxiliar para estas emergencias.
(19) Se brindarán servicios sociales, atención pastoral y servicios de duelo según corresponda para satisfacer las necesidades de la población de pacientes atendida.
(20) Dietista o nutricionista disponible con capacitación y experiencia apropiadas para la población atendida en cumplimiento con los requisitos del §133.41 de este título.
Para pacientes con condiciones complejas, nuestro equipo trabaja con proveedores especializados en el centro y sureste de Texas para asegurar una atención de alta calidad durante todo su embarazo y parto.
Para obtener más información sobre el trabajo de parto y el parto, con Columbus, contáctenos al 979-612-2612.
